La incapacidad permanente es un concepto legal y de seguridad social que se refiere a la condición de una persona que, debido a una enfermedad o lesión, ya no puede trabajar o realizar actividades laborales de manera efectiva y sostenida en el tiempo. Esta situación puede afectar significativamente la capacidad de una persona para ganarse la vida y mantener su nivel de vida anterior.
La incapacidad permanente puede clasificarse en diferentes grados, dependiendo de la severidad de la limitación funcional y de la capacidad de trabajo. Estas clasificaciones suelen variar según el sistema legal y de seguridad social de cada país, pero generalmente incluyen categorías como "incapacidad permanente parcial", "incapacidad permanente total" , "incapacidad permanente absoluta" y "gran invalidez". Cada una de estas categorías tiene implicaciones específicas en términos de beneficios económicos y apoyo social.
La Incapacidad Permanente Total es un término que describe una condición en la que una persona no puede participar en su ocupación habitual debido a una enfermedad o lesión. Esta categoría de incapacidad implica una limitación significativa en la capacidad laboral, lo que lleva a una pérdida sustancial de ingresos y una dependencia de apoyos económicos.
El sistema español de seguridad social proporciona una prestación a las personas con Incapacidad Permanente Total
Si usted no puede desarrollar su profesión habitual como consecuencia de dolencias o limitaciones y necesita asesoría sobre incapacidades permanentes no dude en contactar con nosotros y le ofreceremos toda la información
La Incapacidad Permanente Absoluta es una categoría de protección social en España que se aplica cuando una persona está totalmente incapacitada para realizar cualquier tipo de trabajo. Esta condición resulta de una enfermedad o lesión que ha dejado a la persona sin capacidad funcional y sin posibilidad de recuperación.
Para acceder a la Incapacidad Permanente Absoluta en España, se debe pasar por un proceso de evaluación médica y laboral llevado a cabo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o por el Instituto Social de la Marina, dependiendo del caso.
El beneficiario de dicha prestación cobrará el 100% de la base reguladora.
La Incapacidad Permanente en su grado más severo es conocida como "Gran Invalidez". Este estatus se concede cuando una persona se encuentra en una condición de salud tan grave que requiere asistencia de otra persona para llevar a cabo actividades básicas de la vida diaria, como asearse, vestirse o comer. Además, esta categoría de incapacidad implica la total incapacidad para realizar cualquier tipo de trabajo, incluso adaptado a las limitaciones.
Quienes son reconocidos con la Incapacidad Permanente Gran Invalidez reciben una pensión mensual más alta que la otorgada en otros grados de incapacidad, destinada a cubrir las necesidades económicas agravadas por la asistencia constante que requieren.
Agorafobia, Alzhéimer, Artritis Reumatoide, Artrosis cervical, Cáncer, Cardiopatía Isquémica, Condromalacia Rotuliana, Depresión, Diabetes, Distimia, Distrofia de conos y bastones, Enfermedad de Behçet, Enfermedad de Crohn y Colitis ulcerosa, Enfermedades hepáticas, Enfermedades renales, Epilepsia, EPOC, Esclerosis Múltiple, Espondilitis anquilosante, Espondilosis degenerativa, Esquizofrenia, Estenosis foraminal, Fibromialgia, Fibrosis quística, Hernia discal, Ictus, Lesión medular, Lumbalgia crónica, Lupus, Maculopatía, Miopía Magna,
Narcolepsia, Neuropatía cubital, Postpolio, Radiculopatía Lumbar,
Retinopatía diabética, Retinosis pigmentaria, Rizartrosis, Síndrome de Ménière, Síndrome de Tourette, Síndrome del túnel carpiano, Síndrome subacromial, Trastorno Adaptativo Mixto, Trastorno bipolar, Trastorno de ansiedad, etcétera.
Si bien cabe recordar, que hay que estar al caso concreto siendo necesario cumplir una serie de requisitos legales.
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